domingo, 17 de agosto de 2008
Reforma al Código Penal Chileno
Ciertamente la reforma al Código Penal chileno es de vital importancia en la implementación del nuevo Sistema Procesal Penal. Tanto el código de enjuiciamiento, como la ley penal misma, deben siempre ser revisadas.En algunos casos la tipificación de nuevos tipos penales, y la eliminación de otros que ya no tienen sentido continuar con su sanción, y el consecuente gasto de recursos públicos que requiere la legítima persecución penal del Estado.
Lo realmente importante eso sí, es recordar que la pena no es precisamente disuasiva, ni aún en una prognosis optimista de ésta.El homicidio es un tipo de delincuencia muy vinculada en casos de violencia intrafamiliar (delincuencia femenina y en contra de la mujer); ataques de grupos violentos y otras circunstancias que no permiten considerar la sanción penal al momento de cometer un delito. En algunos casos se asume como un costo asumible, como por ejemplo, ante agresiones constantes al interior de la familia. La solución acá no es ni siquiera penal. De serlo, es mediante medidas cautelares eficientes.
Lo anterior no significa que la delincuencia quede en la impunidad, pero es claro que poner toda la confianza en el sistema penal es ingenuo. Esto no implica dejar sin responsabilidad a quienes quiebran la seguridad ciudadana, por el contrario, lo mejor para una víctima, es que ésta no exista. Las penas en ningún Estado son garantía de protección. También es verdad que las penas son bajas en proporción al bien jurídico protegido si se le compara a los delitos contra la propiedad. Es de esperar que esta reforma salga lo antes posible.
Walters Lazcano Pavez
jueves, 31 de julio de 2008
Situación Carcelaria en Chile
Hemos visto como una vez más, la realidad carcelaria en Chile es deficiente. Las demandas por parte de Gendarmería sobre las exigentes condiciones laborales a las que se ven sometidos diariamente, son una clara advertencia de tres hechos:
1.- Los bajos sueldos otorgados a quienes cumplen sus funciones en este sector;
2.- El escaso personal con que se cuenta para controlar a la población interna y;
3.- La sobre-población de todos los recintos penitenciarios.
Lo cierto es que las reformas antidelicuencia sólo han apuntado a escoger el encarcelamiento como la primera opción, y no como la última alternativa (extrema ratio), ésta última, característica del Derecho Penal moderno.
Probablemente las sensaciones y el temor de ser víctimas de delitos sean la explicación de éste fenómeno.
Pese a lo anterior, no se puede desconocer que las cárceles no dan abasto para quienes se encuentran recluidos. Lo que requiere en consecuencia, la construcción de más cárceles, entendidas obviamente como un modo de evitar el hacinamiento de los que están cumpliendo condena; la contratación de mayor personal y las mejoras en sus remuneraciones; y por último, el fortalecimiento de las salidas alternativas dentro del Sistema Procesal Penal.
Todo lo expuesto eso sí, acompañado de políticas públicas eficientes sometidas a una severa revisión de su eficacia, estableciendo obligatoriamente que se rinda cuenta de los programas implementados, con el objeto de seguir apoyándolos o derechamente cambiarlos por mejores propuestas.
Walters Lazcano Pavez
1.- Los bajos sueldos otorgados a quienes cumplen sus funciones en este sector;
2.- El escaso personal con que se cuenta para controlar a la población interna y;
3.- La sobre-población de todos los recintos penitenciarios.
Lo cierto es que las reformas antidelicuencia sólo han apuntado a escoger el encarcelamiento como la primera opción, y no como la última alternativa (extrema ratio), ésta última, característica del Derecho Penal moderno.
Probablemente las sensaciones y el temor de ser víctimas de delitos sean la explicación de éste fenómeno.
Pese a lo anterior, no se puede desconocer que las cárceles no dan abasto para quienes se encuentran recluidos. Lo que requiere en consecuencia, la construcción de más cárceles, entendidas obviamente como un modo de evitar el hacinamiento de los que están cumpliendo condena; la contratación de mayor personal y las mejoras en sus remuneraciones; y por último, el fortalecimiento de las salidas alternativas dentro del Sistema Procesal Penal.
Todo lo expuesto eso sí, acompañado de políticas públicas eficientes sometidas a una severa revisión de su eficacia, estableciendo obligatoriamente que se rinda cuenta de los programas implementados, con el objeto de seguir apoyándolos o derechamente cambiarlos por mejores propuestas.
Walters Lazcano Pavez
sábado, 21 de junio de 2008
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